ALBORNOZ, LUIS JAVIER Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda por inclusión de suplementos salariales en el haber mensual. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y establece que las retroactividades deben computarse desde la interposición de la demanda.
¿Quién es el actor?
Luis Javier Albornoz y otros
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporar con carácter remunerativo y bonificable los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12 y sus modificatorios al sueldo de los actores, con las retroactividades devengadas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hace lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional. Revoca la sentencia en cuanto al cómputo del plazo de prescripción, estableciendo que las retroactividades deben computarse desde la interposición de la demanda y no desde la percepción de los suplementos. Confirma lo demás.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se expidió sobre la naturaleza de los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12 en el precedente "Fallos 342:832", por lo que corresponde remitirse a esos fundamentos.
- El Decreto N° 780/20 derogó a partir del 1° de octubre de 2020 los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12, por lo que el reconocimiento de los mismos estará sujeto a esa limitación temporal.
- Respecto al plazo de prescripción, corresponde aplicar el plazo bienal previsto en el artículo 2562 inciso "c" del Código Civil y Comercial, computado desde la interposición de la demanda y no desde la percepción de los suplementos.
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