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KE, SHOULIN c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM-EXPTE 17754/19 s/AMPARO POR MORA

La parte demandada apeló la sentencia que declaró abstracta la acción de amparo por mora. La Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó la decisión y ordenó distribuir las costas por su orden.

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Acción de amparo por mora

¿Qué se resolvió?

La Cámara admitió el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y modificó la sentencia de primera instancia. Declaró que, al haberse declarado abstracta la cuestión objeto de la acción de amparo, las costas de primera instancia deben distribuirse por su orden, en los términos del art. 68 CPCC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La cuestión objeto de la acción de amparo por mora devino abstracta como consecuencia de lo decidido en la Disposición SDX Nº 027310 del 2 de marzo de 2022. Ante la declaración de abstracción, corresponde distribuir las costas por su orden, ya que no existe parte vencida, de acuerdo a lo establecido en el art. 68 CPCC.

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