EN-M ECONOMIA Y FP- c/ INTERTRON MOBILE SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica los honorarios de los letrados de la parte actora en un proceso de ejecución, considerando la labor realizada y la equidad de la retribución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal interviene para regular los honorarios de los abogados de la parte actora en un proceso de ejecución. Señala que la regulación de honorarios busca compensar adecuadamente la tarea de los profesionales, considerando la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad y la complejidad de los intereses en juego. Indica que no debe aplicarse automáticamente el arancel, sino que debe analizarse y evaluarse la labor encomendada a los letrados. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema que establece que el valor del juicio no es la única base para regular los honorarios, debiendo atenderse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional. En base a estas consideraciones, la Cámara eleva los honorarios de los Dres. Sebastián Dionisio Alanis y Ramón Sosa a la suma de $300 cada uno, por la dirección letrada y representación de la parte actora en el proceso de ejecución.
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