ACOSTA, IGNACIA ALICIA c/ EN-M JUSTICIA DDHH-SPF-RESOL 607/19 s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La actora apeló la regulación de honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en la instancia anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Ignacia Alicia Acosta promovió una medida cautelar contra el Estado Nacional. En la anterior instancia se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes. La actora apeló dicha regulación de honorarios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó el recurso de apelación interpuesto. Señaló que, al tratarse de una pretensión cautelar que carece de monto determinado o determinable, no procede la aplicación del art. 37 de la Ley 27.423. Sin embargo, corresponde aplicar las pautas generales del art. 16 de dicha ley, como la naturaleza y resultado del litigio, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor, la complejidad y novedad del asunto, la responsabilidad y el resultado obtenido. Además, la Cámara indicó que el art. 47 de la Ley 27.423 fue observado por el Poder Ejecutivo, por lo que se debe acudir al criterio de la legislación anterior (art. 33, Ley 21.839) como pauta orientadora del prudente arbitrio judicial. Por tales razones, la Cámara confirmó la regulación de honorarios apelada.
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