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ACOSTA, WALTER RAUL Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado apela la liquidación de intereses aprobada en la ejecución de sentencia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechaza el recurso y confirma el pago de los intereses devengados hasta el efectivo cumplimiento del crédito.

Intereses Ejecucion de sentencia Cosa juzgada Pago Contencioso administrativo Personal militar y civil Ley n 23 982

Pago de créditos por personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Estado y confirma la liquidación de intereses aprobada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los jueces tienen facultades para fijar o modificar de oficio las liquidaciones, con el fin de resguardar la cosa juzgada.
- El pago efectuado por el Estado es insuficiente, ya que solo comprende las sumas aprobadas y no los intereses devengados hasta el efectivo pago.
- Corresponde el pago de los intereses devengados desde el nacimiento del crédito hasta su efectiva cancelación, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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