LILUS SA c/ EN-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios de los letrados intervinientes en la defensa del Estado Nacional y de la AFIP-DGA, luego de considerar los criterios legales aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia resuelve los recursos deducidos contra los honorarios regulados en el marco de un proceso de amparo. La Cámara hace lugar parcialmente a los recursos, reduciendo los honorarios de los letrados de la siguiente manera:
- Para los Dres. Ezequiel Ramón Cornejo y Ezequiel Santiago Rodríguez, defensores del Estado Nacional, se fijaron honorarios en $31.503,50 y $13.501,50 respectivamente.
- Para el Dr. Sebastián Héctor Pantuso, letrado de la AFIP-DGA, se fijaron honorarios en $45.005.
- Para el Dr. Ezequiel Matías Cosseddu, letrado de la DGA, se fijaron honorarios en $9.001 (equivalente a 1 UMA) por las tareas relacionadas con la incidencia de caducidad.
La Cámara tuvo en cuenta la naturaleza del asunto, lo preceptuado por la Ley de Arancel, y los criterios de monto, extensión, calidad jurídica y resultado de la labor desarrollada por cada profesional.
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