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SIDERCA SAIC c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa Siderca SAIC demandó al Banco Central de la República Argentina por los daños y perjuicios derivados de la supuesta demora injustificada en autorizarla a operar en el Mercado Único y Libre de Cambios. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la demanda.

Responsabilidad estatal Actividad ilicita Actividad licita Mercado unico y libre de cambios Dilaciones procedimiento administrativo Vinculadas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Siderca SAIC demandó al BCRA solicitando que se lo condene a pagar el mayor costo resultante de la diferencia de cotización en el mercado entre la fecha en que el BCRA debió haberle otorgado la autorización para acceder al MULC (14/01/13) y la fecha en que efectivamente pudo hacerlo (23/12/14). En subsidio, reclamó ser indemnizado por tener que soportar una espera perjudicial mientras otras entidades eran autorizadas a ingresar al MULC. El juez de primera instancia rechazó la demanda, considerando que no se acreditó una actuación irregular o dilaciones indebidas imputables al BCRA, y que las facultades ejercidas por el Ente Regulador en el marco de la normativa cambiaria vigente no excedían el marco de sus atribuciones. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Concluyó que Siderca no logró acreditar una duración irrazonable del procedimiento administrativo, ni que la conducta del BCRA hubiera influido indebidamente en la extensión del mismo. Tampoco prosperó el reclamo por responsabilidad estatal por actividad lícita, al no haberse probado un "sacrificio especial" que exceda las limitaciones razonables impuestas por la normativa cambiaria.

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