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HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION c/ GARCIA, RUBEN ISIDRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirma la sentencia de primera instancia que ordenó al demandado reintegrar los montos percibidos de manera indebida al no haber iniciado el trámite jubilatorio dentro del plazo previsto.

Prescripcion Notificacion Pago indebido Retiro anticipado Tramite jubilatorio


¿Quién es el actor?

Honorable Cámara de Senadores de la Nación

¿A quién se demanda?

Rubén Isidro García

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Condenar al demandado al pago de $1.179.584,48 por la "percepción indebida de once cuotas de un retiro no contributivo".

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El plazo de prescripción aplicable es el de 5 años del art. 2560 del CCyC, ya que se trata de una obligación derivada de un "pago indebido" y no de una deuda periódica.
- Si bien el demandado alegó que no fue notificado de la resolución que le ordenaba devolver los montos, ello se refuta con la constancia de notificación y la propia respuesta del demandado cuestionando los términos de esa resolución.
- Respecto al plazo para iniciar el trámite jubilatorio, la Cámara consideró que dicho plazo debe computarse en días corridos, tal como lo establece la reglamentación aplicable, y no en días hábiles administrativos como pretendía el demandado.

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