Logo

AUTOTRANSPORTE RUTAMAR SRL c/ EN-CNRT s/AMPARO LEY 16.986

La CNRT buscó seguir exigiendo certificado de libre deuda de infracciones a empresa de transporte, a pesar de fallo que declaró nula tal exigencia. La Cámara confirmó el rechazo a la apelación, ordenando a la CNRT acatar la sentencia.

Medidas cautelares Multas Tramites administrativos Transporte automotor Certificado de libre deuda Poder reglamentario


¿Quién es el actor?

Autotransporte Rutamar SRL

¿A quién se demanda?

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de nulidad de exigencia de certificado de libre deuda de infracciones como requisito para realizar trámites de transporte interjurisdiccional

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por la CNRT contra la orden de abstenerse de exigir dicho certificado. Señaló que la sentencia firme previa había declarado nula esa exigencia, por lo que la CNRT no puede pretender mantenerla invocando otra norma con igual contenido. Confirmó que la CNRT debe acatar la decisión judicial. Fundamentos principales:
- La sentencia previa había confirmado la nulidad del art. 3 de la Resolución CNRT 628/12 que establecía la exigencia del certificado.
- Si bien allí no se cuestionó la constitucionalidad del art. 8 del Decreto 1395/98 que contiene una exigencia similar, el Tribunal consideró que dicha norma reglamentaria no puede restringir derechos consagrados constitucionalmente.
- Permitir a la CNRT seguir exigiendo el certificado, apoyándose en otra norma, privaría de todo efecto a la sentencia firme previa y sería contrario al principio de seguridad jurídica.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar