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COLANTONI, MARCELO MATEO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que admitió la demanda por los suplementos Función Policial Operativa y Función Técnica de Apoyo percibidos por el actor.

Diferencias salariales Costas en el orden causado Suplementos remunerativos Funcion tecnica de apoyo Funcion policial operativa

Incorporación al haber mensual de los suplementos "Función Policial Operativa" y "Función Técnica de Apoyo" creados por el decreto 380/17, con carácter remunerativo y bonificable, y abono de sumas retroactivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda respecto de dichos suplementos. Aclaró que la condena se extiende hasta la entrada en vigor del decreto 142/2022 que derogó esos suplementos. Las diferencias salariales adeudadas deberán abonarse de conformidad con las leyes 23.982, 24.624 y 26.895.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los suplementos deben ser considerados remunerativos y bonificables, tal como lo resolvió esta Sala en un fallo anterior.
- Las manifestaciones de la demandada sobre la temporalidad de los suplementos no alteran la decisión, al no resultar suficientes para otorgarles carácter de agravio.
- Corresponde confirmar la distribución de costas en el orden causado, en concordancia con la jurisprudencia de la Corte Suprema.

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