Logo

EN-M PRODUCCION c/ 1MAS MOTOS SRL s/PROCESO DE EJECUCION

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia, aplicando la Ley 27.423 que establece el carácter de orden público de los montos mínimos.

Recurso de apelacion Honorarios Ley 27 423 Orden publico Proceso de ejecucion


¿Quién es el actor?

EN-M PRODUCCION (no se indica quién es)

¿A quién se demanda?

1MAS MOTOS SRL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de ejecución

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 16 de la Ley 27.423 establece que los jueces no pueden apartarse de los mínimos establecidos, los cuales tienen carácter de orden público.
- En este caso, el monto de los honorarios se encuentra regulado por el artículo 58, inciso b, de la Ley 27.423.
- Teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, la calidad y eficacia de la tarea profesional y las etapas cumplidas, se confirman los honorarios fijados en la instancia anterior.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar