MAYO SA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR c/ EN - M TRANSPORTE -SECRETARIA DE GESTION DE TRANSPORTE s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
La empresa Mayo Sociedad Anónima de Transporte Automotor promovió un recurso directo contra la resolución que declaró la caducidad de su permiso de explotación. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la resolución que declaró la caducidad del permiso de la empresa por el total abandono del servicio público.
¿Quién es el actor?
Mayo Sociedad Anónima de Transporte Automotor
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Transporte
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra resolución que declaró la caducidad del permiso de explotación de la línea 141
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso directo interpuesto por Mayo SATA y se confirma la resolución que declaró la caducidad del permiso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Mayo SATA no cuestiona la configuración del abandono del servicio durante los lapsos previstos por la normativa, sino que alega una situación crítica de la empresa por desequilibrio económico y falta de acceso a compensaciones.
- El tribunal considera que los argumentos esgrimidos por la empresa no justifican el incumplimiento de la obligación de prestar el servicio público de manera continua y regular.
- Se acredita que la empresa incurrió en un total abandono del servicio por más de 5 días consecutivos, lo que constituye causal de caducidad conforme el régimen normativo aplicable.
- La demora en la aprobación de la fusión de líneas y las cuestiones sobre acceso a compensaciones y beneficios no justifican el incumplimiento comprobado.
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