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DE ARAUJO, CARLOS c/ EN-M SEGURIDAD-PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda por indemnización de daños y perjuicios derivados de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y otorgó una indemnización por daño moral.

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Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente laboral sufrido en 1998 mientras realizaba tareas de pintura.

¿Qué se resolvió?

Se condena a la Prefectura Naval Argentina a abonar $100.000 en concepto de daño moral, con intereses desde la fecha del accidente (19/8/1998) y hasta el efectivo pago, sujeto al régimen de consolidación de deudas. Se rechazan los reclamos por daño físico y psicológico.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema, existe la posibilidad de reclamar indemnización por daños y perjuicios bajo normas de derecho común cuando las normas específicas que rigen a las fuerzas de seguridad no prevén una indemnización sino solo un haber de retiro de naturaleza previsional.
- Sin embargo, el actor no logró acreditar la existencia de un daño físico o psicológico permanente, por lo que corresponde rechazar estos rubros.
- Respecto al daño moral, corresponde confirmarlo dado que el hecho generador del reclamo afectó la esfera anímica y espiritual del actor.
- Los intereses se devengan desde la fecha del accidente (19/8/1998) y hasta el efectivo pago, debiéndose aplicar el régimen de consolidación de deudas.

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