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FUNDACION CENTRO DIAGNOSTICO NUCLEAR c/ EN-M HACIENDA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La Fundación Centro Diagnóstico Nuclear cuestionó la denegación de su inclusión en el Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo de la acción de amparo.

Amparo Servicios publicos Imposibilidad de pago Costos Regimen tarifario especifico Entidades de bien publico


¿Quién es el actor?

Fundación Centro Diagnóstico Nuclear

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Hacienda

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestionar la denegación de inclusión en el Régimen Tarifario Específico para Entidades de Bien Público establecido por la Ley 27.218.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que había rechazado la acción de amparo. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 27.218 está dirigida a asociaciones y fundaciones que no pueden afrontar el pago de los servicios públicos, lo que no se acreditó en el caso de la fundación actora.
- La fundación no demostró que la exclusión del beneficio le impida continuar con su objeto social o que le resulte imposible incluir el costo total de la tarifa en el precio de sus prestaciones.
- El amparo es un proceso excepcional que requiere la presencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, lo que no se verificó en este caso.
- La falta de apertura a prueba no generó un perjuicio porque los medios ofrecidos no apuntaban a demostrar la imposibilidad de pago.

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