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FERNANDEZ, AILEN c/ UBA - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

Fijación de honorarios del abogado en un proceso de amparo por mora contra la UBA. La Cámara Contencioso Administrativa Federal determinó los honorarios del letrado de acuerdo a la normativa vigente.

Honorarios Uma Iva Universidad de buenos aires Amparo por mora Ley 27423

¿Qué se resolvió en el fallo?

El presente incidente se refiere a la fijación de los honorarios del abogado Dr. Agustín Omar Redondo, quien patrocinó el amparo por mora promovido por la actora Ailen Fernández contra la Universidad de Buenos Aires (UBA). La Cámara Contencioso Administrativa Federal señaló que es un criterio reiterado y pacífico de este tribunal que la retribución de los profesionales intervinientes en el amparo por mora se debe determinar con arreglo a lo establecido por el art. 44, párrafo final, de la ley 27423. En ese marco, la Cámara fijó los honorarios del Dr. Redondo en la suma de $81.009, que equivale a 9 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), de conformidad con los arts. 16, 19 y 44 de la ley 27423 y el Acuerdo CSJN 12/22. Asimismo, la Cámara aclaró que, en caso de que el profesional beneficiario acredite su condición de responsable inscripto frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo, de acuerdo a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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