CARDOZO, FERNANDO DARIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD - POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Recurso de apelación contra decisión que declaró la causa como de puro derecho. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo del pedido de apertura a prueba.
Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por el Decreto N° 836/2008 (compensaciones por vivienda, zona, vestimenta y racionamiento, y suplemento por actividad riesgosa) en el haber mensual de los actores.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la declaración de la causa como de puro derecho, señalando que la prueba ofrecida no resultaba conducente para resolver los hechos controvertidos, ya que la documentación requerida a la demandada se encontraba incorporada al expediente. "Es propio de los jueces de la causa, ordenar las diligencias que crean necesarias a los efectos de esclarecer la verdad material de los hechos. El juez recibe la causa a prueba, siempre que se hayan alegado hechos conducentes acerca de los cuales no hubiese conformidad entre las partes. A su vez, si bien es cierto que nuestro ordenamiento procesal prevé el principio de amplitud probatoria, no lo es menos que la aplicación de este extremo encuentra un límite en lo dispuesto en el artículo 364 in fine del CPCCN, en cuanto a que las pruebas que se produzcan no sean improcedentes, superfluas o meramente dilatorias."
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