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Incidente Nº 2 - ACTOR: PLANES HECTOR ALBERTO Y OTROS s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

El Estado Nacional apeló la intimación de pago de intereses de crédito laboral. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia al considerar que el Estado debe afrontar la deuda con capital e intereses.

Intereses Ejecucion de sentencia Estado nacional Prevision presupuestaria Ley 11 672 Credito laboral Art 170


¿Quién es el actor?

Planes Héctor Alberto y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Seguridad
- Gendarmería Nacional)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia por pago de intereses de crédito laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema estableció que para la cancelación de créditos firmes sujetos al art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe prever presupuestariamente el capital y los intereses devengados hasta el efectivo pago.
- En el caso, al no haberse previsto integralmente las sumas adeudadas, se practicó una liquidación complementaria de intereses, la cual no puede sujetarse al mecanismo del art. 170.
- La solución se compadece con precedentes previos del Tribunal.

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