MONDACA, JUAN MANUEL c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclama diferencias salariales por suplementos de la Policía Federal Argentina. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la sentencia y aplica el plazo de prescripción bienal.
Diferencias salariales por suplementos instituidos por decretos 2744/93, 1255/05, 1126/06, 861/07, 884/08, 752/09, 1262/09 y 1322/06
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia que hizo lugar al reclamo, pero modifica el plazo de prescripción aplicable, reduciendo las diferencias salariales adeudadas a los 2 años anteriores a la interposición de la demanda. La Cámara señala que corresponde aplicar el plazo de prescripción bienal previsto en el art. 2562 inc. c) del Código Civil y Comercial de la Nación, en lugar del plazo quinquenal, debido a que la ley nueva rige los plazos de prescripción en curso al momento de su entrada en vigencia. Resuelve que el plazo de 2 años debe computarse desde el 1/8/2015, cuando entró en vigor el Código Civil y Comercial, venciendo el 1/8/2017, por lo que las diferencias salariales sólo corresponden desde los 2 años anteriores a la interposición de la demanda el 22/8/2019. Asimismo, la Cámara aclara que no corresponde incluir en el haber el suplemento por "Responsabilidad por Cargo o Función" previsto en el decreto 2744/93, por haber sido dejado sin efecto a partir del 1/4/2022 por el decreto 142/22.
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