COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 21804499/21 - DISP 734/21) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45
La firma Coto Centro Integral de Comercialización S.A. impugnó una sanción de multa impuesta por incumplimiento del Programa de Precios Cuidados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa al considerar que la empresa no acreditó exhibir productos sustitutos ante la falta de stock.
- Actor: Coto Centro Integral de Comercialización S.A.
- Demandado: Ministerio de Desarrollo Productivo
- Objeto: Impugnación de sanción de multa de $400.000 por incumplimiento del Programa de Precios Cuidados
- Decisión: Se rechaza el recurso directo y se confirma la multa impuesta
- Fundamentos:
- La decisión administrativa no constituye una sentencia judicial, sino una acción judicial de impugnación de un acto administrativo, por lo que no corresponde declararla desierta por insuficiencia de agravios.
- La empresa no acreditó haber exhibido productos sustitutos ante la falta de stock de los productos comprometidos en el Programa de Precios Cuidados, incumpliendo la obligación de venta ininterrumpida.
- La determinación y graduación de la multa es facultad de la autoridad administrativa, y no se advierte que sea desproporcionada.
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