SANDOVAL ASIA, ANDRES EMMANUEL Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor promovió demanda por reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos salariales. La Cámara modificó parcialmente la sentencia y reconoció el carácter bonificable de algunos suplementos, pero desestimó la pretensión respecto de otros.
Reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales creados por decretos 380/17 y 491/19
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación del Estado Nacional. Reconoció el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos por "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones", pero desestimó la pretensión respecto de los suplementos "Alta Dedicación Operativa", "Alto Riesgo" y "Zona". Además, indicó que no corresponde incluir los suplementos dejados sin efecto por el decreto 142/22 a partir del 1/4/2022.
Fundamentos principales:
- Remite a lo resuelto por la Sala en autos "Torrez" respecto al carácter bonificable de los suplementos.
- Tiene en cuenta el fallo de la CSJN en "Di Nanno" sobre los suplementos analizados.
- Indica que los suplementos "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones" fueron derogados por el decreto 142/22 a partir del 1/4/2022, por lo que no corresponde su inclusión ni reconocimiento de diferencias salariales por tales conceptos a partir de esa fecha.
- Respecto a los intereses, dispone que deben calcularse hasta el efectivo pago, sin necesidad de nueva re-previsión de la deuda.
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