BANCO SANTANDER RIO SA c/ EN- M DESARROLLO PRODUCTIVO (EX 90671504/21 - DISP 661/19) s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45
El Banco Santander Río S.A. recurrió la multa de $120.000 impuesta por infracción al artículo 19 de la Ley de Defensa del Consumidor. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción al considerar que el banco no respetó los términos acordados con la denunciante.
¿Quién es el actor?
Banco Santander Río S.A.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra la Disposición que impuso una multa de $120.000 al banco por infracción al artículo 19 de la Ley de Defensa del Consumidor.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso directo y se confirmó la multa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El banco aplicó unilateralmente un plan de financiación (Plan V) a la tarjeta de crédito de la denunciante, sin su consentimiento, infringiendo el artículo 19 de la Ley de Defensa del Consumidor.
- En las infracciones formales, como la del caso, basta la verificación del incumplimiento para configurar la responsabilidad, sin necesidad de acreditar un daño concreto.
- La graduación de la sanción es facultad discrecional de la Administración, que no se advierte como irrazonable o desproporcionada en este caso.
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