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MARTINEZ, CINTIA SOLEDAD c/ EN - MINISTERIO DE SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Policía Federal reclamó que los suplementos del Decreto N° 380/17 tienen carácter particular, pero la Cámara confirmó que deben incluirse con carácter remunerativo y bonificable en el haber mensual.

Decreto 380 17 Personal militar y civil de las ffaa y de seguridad Suplementos salariales Funcion policial operativa Caracter remunerativo y bonificable

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Cintia Soledad Martínez, promovió demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina, solicitando que se incorporen en su haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por los Decretos N° 380/17 y N° 491/19. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando al Estado a incorporar en el concepto "haber mensual" de la actora, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos creados por el Decreto N° 380/17, pero rechazó la demanda en lo relativo al suplemento por "Función de Investigaciones" del Decreto N° 491/19. El Estado Nacional apeló la sentencia en cuanto hizo lugar a la incorporación de los suplementos del Decreto N° 380/17. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la sentencia apelada. Fundamentó que el criterio adoptado se ajusta a los precedentes de la Corte Suprema y de esta Cámara, que han considerado que los suplementos creados por el Decreto N° 380/17 tienen carácter remunerativo y bonificable. Asimismo, señaló que, a todo evento, el reconocimiento de esos suplementos estará sujeto a la limitación temporal establecida por el artículo 14 del Decreto N° 142/22, que derogó dichos suplementos a partir del 1° de abril de 2022.

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