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PEÑALVA, FABIO MARCELO c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA-LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

El tribunal fija los honorarios del letrado representante en un proceso de amparo por mora contra una universidad nacional.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

En el marco de un proceso de amparo por mora iniciado por el Sr. Fabio Marcelo Peñalva contra la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, la Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala III, se pronuncia sobre la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes. La Cámara señala que, de acuerdo a su criterio, la retribución de los letrados en los amparos por mora debe determinarse conforme lo establece el art. 44, cuarto párrafo, de la ley 27.423. Teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del litigio, así como la calidad y eficacia de la labor profesional, la Cámara fija los honorarios del Dr. Mariano Gastón Fandiño Sassano en 9 Unidades de Medida Arancelaria (UMA), equivalentes a $93.600. Aclara que, si el profesional acredita ser responsable inscripto en el IVA, deberá adicionarse la alícuota correspondiente a dicho tributo, a cargo del condenado en costas.

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