Incidente Nº 1 - ACTOR: MOTOHELMET SA DEMANDADO: EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 459443Z Y OTRO s/INC APELACION
Importadora de cascos de moto solicita medida cautelar para evitar requerimiento de presentar declaración SIMI. La Cámara Contencioso Administrativa confirma la medida cautelar, resaltando los límites del régimen de licencias no automáticas.
¿Quién es el actor?
Motohelmet SA
¿A quién se demanda?
Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Externa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de medida cautelar para que se abstengan de requerir la presentación
de la declaración SIMI con estado "SALIDA" y permitan la oficialización, tramitación y
liberación a plaza de la mercadería.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inoficioso el tratamiento de los recursos de apelación, al haberse autorizado la emisión de la licencia de importación objeto de la medida cautelar. Resaltó que, aún cuando el régimen de licencias no automáticas persiga un objetivo legítimo, su instrumentación no debe generar demoras e incumplimientos de plazos que se conviertan en restricciones incompatibles con el GATT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El régimen de licencias no automáticas debe limitarse al requerimiento de información
razonable, sin generar demoras injustificadas que vulneren las obligaciones asumidas en
convenios internacionales.
- Las consecuencias de la medida cautelar no pueden ser irreversibles, pero los organismos
apelantes no han explicado la relevancia de los requisitos supuestamente incumplidos y su
idoneidad para ocasionar efectos disruptivos sobre el comercio exterior.
- El régimen cambiario es una materia conexa pero diversa al control de licencias de
importación, y el Banco Central no puede ser obligado a administrar las divisas de modo
contrario a su Carta Orgánica.
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