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CARBAJAL, PABLO ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora apeló el auto que fijó el plazo para que el Estado cancele el crédito reconocido. La Cámara rechazó la apelación y confirmó el plazo establecido.

Recurso de apelacion Ejecucion de sentencia Presupuesto publico Ley de consolidacion Credito fiscal Prerrogativa estatal


¿Quién es el actor?

Carbajal, Pablo Alejandro y otros

¿A quién se demanda?

EN
- Mº de Seguridad
- P.F.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por personal militar y civil de las FF.AA. y de Seg

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala II rechazó el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto que dispuso que el crédito reconocido a su favor sea incluido en el presupuesto 2022 y que la demandada pueda cancelarlo antes del 31/12/2022.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que conforme a las normas aplicables (art. 22 Ley 23.982, art. 20 Ley 24.624 y art. 68 Ley 26.895), el crédito debía ser previsionado en el presupuesto 2022 o 2023, por lo que aún no estaba habilitada la ejecución forzada. Citó la doctrina de la CSJN en "Curti" que estableció que el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena.

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