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FENI CONSTRUCCIONES SA c/ EN-AFIP-DGI s/AMPARO LEY 16.986

La firma actora promovió una acción de amparo para que se restablezca su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de la acción de amparo, al considerar que existe cosa juzgada.

Arbitrariedad Cosa juzgada Amparo Procedimiento ordinario Cuit


¿Quién es el actor?

Feni Construcciones SA

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)
- Objeto de la demanda: Obtener un pronunciamiento que ordene a la AFIP-DGI restablecer la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de la actora.
- Decisión del tribunal: Se desestimaron los agravios de la firma actora, confirmando el rechazo de la acción de amparo. Fundamentos principales:
- La jueza de primera instancia rechazó la acción de amparo por considerar que no surge con nitidez la arbitrariedad o ilegalidad, y que la accionante no acreditó la imposibilidad de obtener la reparación a través de los procedimientos ordinarios.
- El fiscal general opinó que existe cosa juzgada, dado que la misma pretensión ya fue resuelta en otro proceso de amparo anterior (expte. 13190/2020), el cual fue rechazado y la apelación declarada desierta.
- La Cámara comparte los fundamentos del fiscal general, considerando que el examen de las cuestiones planteadas implicaría un apartamiento de la decisión firme dictada en el expediente 13190/2020, vulnerando el principio de intangibilidad de la cosa juzgada.

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