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FRAILE, FELIPE c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA

La Cámara Contencioso Administrativa Federal fija los honorarios de la abogada interviniente en un amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires.

Ley 27 423 Honorarios profesionales Universidad de buenos aires Impuesto al valor agregado Amparo por mora


¿Quién es el actor?

FELIPE FRAILE

¿A quién se demanda?

UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal fija los honorarios de la abogada interviniente, Dra. María Aurelia Blanco, en 9 UMA (equivalente a $93.600). Establece que, de acreditarse la condición de responsable inscripto frente al IVA, se deberá adicionar la alícuota correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señala que la retribución de los profesionales intervinientes en un amparo por mora se debe determinar conforme al art. 44, cuarto párrafo, de la ley 27.423, teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del litigio, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada.

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