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ROVELLA CARRANZA SA c/ EN-DNV s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Regulación de honorarios en proceso contencioso administrativo federal. La Cámara fija el monto de los honorarios de la letrada de la parte demandada.

Recurso extraordinario Regulacion de honorarios Ley 27 423 Proceso contencioso administrativo Acordada csjn 25 22


¿Quién es el actor?

No se menciona

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad (DNV)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios de la letrada de la parte demandada

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala IV regula los honorarios de la Dra. Lilian M. Luna Colazo, letrada apoderada de la parte demandada, en la suma de $97.864, equivalentes a 9,41 UMA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La regulación de honorarios se realiza atendiendo a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido, la trascendencia económica de la cuestión en debate (recurso extraordinario), y al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada ante la Alzada, de conformidad con lo establecido en la Ley 27.423 y la Acordada CSJN 25/22.
- Se deja constancia que la regulación deberá cancelarse de acuerdo con lo previsto en el art. 51 de la Ley 27.423, y que no incluye el IVA, el cual deberá adicionarse según la situación de la profesional frente a dicho tributo.

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