MAYO, JUAN JOSE Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El tribunal analizó la regulación de honorarios de los abogados intervinientes y modificó los montos fijados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En autos "MAYO, JUAN JOSE Y OTROS c/ EN-M DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG", la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala V confirmó parcialmente la regulación de honorarios apelada. En relación a la Dra. Guardo, por su actuación como letrada patrocinante y apoderada de la parte actora, se confirmó la regulación. Respecto del Dr. Duronto, letrado patrocinante de la parte actora, se redujo el monto de sus honorarios a la suma de $3.117.803,78.
El tribunal fundamentó su decisión en las pautas establecidas en los arts. 6, 7, 9, 37 y 38 de la Ley 21.839, modificada por la Ley 24.432, considerando la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio.
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