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OSTRY, SILVIA BEATRIZ (TF 53740582-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La actora promovió recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación que le había aplicado una multa. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión y declaró condonada de pleno derecho la sanción.

Multa Recurso directo Ley 27 541 Repatriacion de activos Ley 27 562 Condonacion de pleno derecho


- Actora: Silvia Beatriz Ostry

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (AFIP-DGI)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación que le aplicó una multa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión del Tribunal Fiscal y declaró condonada de pleno derecho la sanción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 12, cuarto párrafo, de la ley 27.541 establece que las multas y demás sanciones correspondientes a obligaciones sustanciales devengadas al 31 de julio de 2020 quedarán condonadas de pleno derecho, siempre que no se encontraren firmes a la fecha de entrada en vigencia de la ley modificatoria y la obligación principal hubiera sido cancelada a dicha fecha.
- La actora canceló la obligación principal con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley, por lo que corresponde aplicar la condonación de pleno derecho.
- No resulta exigible a la actora el requisito de repatriación de activos financieros previsto en el art. 8 de la ley 27.541, ya que esa condición se encuentra establecida únicamente para quienes pretendan acogerse al régimen de moratoria, pero no para la condonación de multas correspondientes a obligaciones sustanciales canceladas con anterioridad.

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