ROSSI, DANIEL ALBERTO c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El actor promovió recurso de apelación contra la sanción de llamado de atención impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, considerando que el abogado incurrió en negligencia al no comunicar oportunamente la revocación de su mandato.
Recurso de apelación contra sanción de "llamado de atención" impuesta por el Tribunal de Disciplina
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso y confirmó la sanción.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El Tribunal de Disciplina no incurrió en arbitrariedad al considerar que el Dr. Rossi incurrió en negligencia al no comunicar oportunamente la revocación de su mandato, generando un innecesario dispendio jurisdiccional.
- Las sanciones del Tribunal de Disciplina remiten a infracciones éticas y deontológicas, siendo su valoración primaria resorte del órgano disciplinario, limitándose el control judicial a casos de indefensión o arbitrariedad manifiesta.
- El Dr. Rossi no logró desvirtuar los fundamentos tenidos en cuenta por el Tribunal de Disciplina para aplicar la sanción.
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