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PUERTO TEXTIL SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 482779B 483194Z Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

El Estado Nacional apeló la sentencia que confirmó la orden a la Dirección General de Aduanas de abstenerse de exigir el estado de SALIDA en ciertas declaraciones del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones, pero el recurso fue declarado inadmisible por la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

Recurso extraordinario federal Amparo Importaciones Comercio exterior Declaraciones aduaneras


¿Quién es el actor?

PUERTO TEXTIL SA

¿A quién se demanda?

EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA-SIMI 482779B 483194Z Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal desestimó el recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado Nacional, confirmando la resolución de primera instancia que ordenaba a la Dirección General de Aduanas abstenerse de exigir el estado de "SALIDA" en ciertas declaraciones del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que los agravios del recurrente sólo expresaban su disconformidad con las razones de hecho, prueba y derecho común que sustentaron la sentencia apelada, sin demostrar la arbitrariedad o gravedad institucional requeridas para habilitar la instancia extraordinaria.

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