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CASIMIRO HUGO ALBERTO Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-AA-DTO 1104/05 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios del letrado apoderado de la actora en un trámite de ejecución de sentencia.

Regulacion de honorarios Tramite de ejecucion de sentencia Camara contencioso administrativa federal Ajustada valoracion de tarea profesional

Actor: No se indica Demandado: No se indica Objeto: No se menciona Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal regula los honorarios de la letrada apoderada de la actora en $79.000, considerando la naturaleza de las cuestiones planteadas, los montos reclamados, el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos realizados en el trámite de ejecución, y el resultado obtenido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No corresponde aplicar automáticamente porcentajes arancelarios, sino realizar una adecuada y prudente ponderación de los factores que conducen a la ajustada valoración de la tarea profesional.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para la regulación de honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- La ley aplicable es la vigente al momento de realización de los trabajos profesionales, no la ley posterior.

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