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IGARZABAL, MARIA LAURA Y OTROS c/ EN-M DE EDUCACION CULTURA CIENCIA Y TECNOLOGIA s/EMPLEO PUBLICO

Las actoras promovieron demanda contra el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID). La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión de primera instancia y condenó solidariamente al Estado Nacional y al GCBA a incorporar el FONID al haber mensual de las accionantes con carácter remunerativo.

Legitimacion pasiva Responsabilidad solidaria Mora en el pago Remunerativo Fonid


- Actores: Docentes y/o con cargos docentes en establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial dependientes del GCBA
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Educación; GCBA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se abone el FONID con carácter remunerativo, se efectúen los aportes previsionales y de seguridad social correspondientes, y se abonen las diferencias salariales adeudadas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia en cuanto hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el Estado Nacional, y extendió la condena también a éste, junto al GCBA, por el carácter remunerativo del FONID. Desestimó los reclamos por mora o atraso en el pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El FONID tiene carácter remunerativo por disposición legal. El Estado Nacional, como autoridad de aplicación, tiene responsabilidad por su correcta implementación. No se acreditó mora o atraso en el pago por parte del GCBA.

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