BAT INTERNATIONAL SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTROS s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La actora promovió demanda cautelar autónoma contra el Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala V, declaró la caducidad de la instancia ante la falta de impulso procesal del recurso de apelación interpuesto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, BAT INTERNATIONAL SA, promovió una demanda cautelar autónoma contra el Estado Nacional
- Ministerio de Desarrollo Productivo, Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Externa, y otros, con el objeto de suspender cautelarmente los efectos de diversas resoluciones y disposiciones que afectaban la importación de su mercadería.
En primera instancia, la jueza concedió la medida cautelar solicitada. Contra esa resolución, el BCRA y el Fisco Nacional interpusieron recursos de revocatoria con apelación en subsidio.
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala V, luego de requerir a las partes información sobre el estado de los trámites administrativos vinculados, declaró la caducidad de oficio de la instancia de apelación, al haber transcurrido más de 3 meses desde que la actora acompañó la documentación solicitada, sin que el BCRA ni el Estado Nacional impulsaran su recurso.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El transcurso del plazo de 3 meses previsto en el art. 310 inc. 2° del CPCCN sin que se produjera impulso procesal de la apelación interpuesta.
- Corresponde declarar la caducidad de oficio de la instancia en las presentes actuaciones, de conformidad con lo establecido en el art. 316 del CPCCN.
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