BORELLO, GABRIEL HUGO c/ EN - AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El contribuyente recurrió la inconstitucionalidad de una retención del Impuesto a las Ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia, ampliando el periodo de devolución y ajustando el cálculo de intereses.
¿Quién es el actor?
Gabriel Hugo Borello
¿A quién se demanda?
AFIP-DGI
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inc. c) de la Ley 20.628 y devolución de sumas retenidas en concepto de Impuesto a las Ganancias.
- Decisión del tribunal: Se confirma la declaración de inconstitucionalidad del artículo. Se modifica el fallo de primera instancia en cuanto al período por el que se admite la devolución, aplicando el plazo quinquenal previsto en la Ley de Procedimiento Tributario. Asimismo, se ajusta el cálculo de los intereses a aplicar.
Fundamentos relevantes:
- La Sala ha desestimado previamente los agravios del Fisco respecto a la vía procesal elegida, confirmando que la acción declarativa es apropiada.
- La Corte Suprema ha ratificado la inconstitucionalidad de la retención del Impuesto a las Ganancias a jubilados, sin necesidad de ponderar la situación particular de vulnerabilidad.
- Corresponde aplicar el plazo quinquenal del artículo 56 de la Ley de Procedimiento Tributario, por tratarse de créditos de naturaleza tributaria.
- Los intereses deben liquidarse: (i) desde la interposición de la demanda, aplicando la tasa efectiva mensual de la AFIP según Res. MH 598/19, hasta el 31/8/2022; (ii) desde el 1/9/2022, aplicando la tasa de la Res. MH 559/22; (iii) por sumas retenidas con posterioridad al inicio, desde cada retención.
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