DODERA, JORGE ALEJANDRO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor, jubilado sujeto al pago del Impuesto a las Ganancias, promovió demanda contra la AFIP por la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 20.628. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia al aplicar la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre el tratamiento diferenciado que merecen los jubilados en condiciones de vulnerabilidad.
¿Quién es el actor?
Jorge Alejandro Dodera, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad de los arts. 23, inc. c, 79, inc. c, 81 y 90 de la ley 20.628 (t.o. según leyes 27.346 y 27.430) y el cese de la retención y reintegro de los montos cobrados en concepto de Impuesto a las Ganancias.
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los artículos impugnados y ordenó el reintegro de las sumas retenidas en los últimos 5 años, con intereses. Modificó la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable, estableciendo la prevista en las resoluciones del Ministerio de Economía.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara aplicó la doctrina sentada por la CSJN en el precedente "García" sobre la necesidad de brindar un tratamiento diferenciado a los jubilados en condiciones de vulnerabilidad, sin exigir la acreditación de confiscatoriedad del tributo. Destacó que el actor es jubilado y sujeto al Impuesto a las Ganancias, lo que lo ubica en la situación de vulnerabilidad tutelada por la jurisprudencia. En cuanto a la tasa de interés, aplicó lo dispuesto en el art. 179 de la ley 11.683.
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