Recurso Queja Nº 2 - c/ EN - M SEGURIDAD - GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Estado Nacional interpone recurso de queja contra la providencia que ordenó el pago de las acreencias a los actores mediante transferencia directa a sus cuentas bancarias. La Cámara rechaza el recurso y confirma la providencia.
¿Quién es el actor?
No se menciona
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Gendarmería Nacional
- Objeto de la demanda: Pago de obligaciones judiciales
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de queja interpuesto por el Estado Nacional y se confirma la providencia que ordenó el pago de las acreencias a los actores mediante transferencia directa a sus cuentas bancarias.
La Cámara señala que la Acordada N° 1/20 dispuso que el pago de los créditos reconocidos en los juicios de personal militar debe efectuarse directamente en la cuenta bancaria donde éstos perciben sus haberes, a fin de evitar demoras sustanciales en los cobros y el deterioro en el valor de los créditos, los cuales tienen naturaleza salarial y alimentaria. El tribunal indica que el planteo del Estado Nacional no configura un gravamen irreparable, ya que la implementación del procedimiento de pago directo se inserta adecuadamente en el proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia.
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