PUBLIREVISTAS SA c/ TELECENTRO SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La recusación sin causa del juez de la Cámara de Apelaciones fue declarada inadmisible por extemporánea.
¿Quién es el actor?
La parte actora
¿A quién se demanda?
No se menciona
- Objeto de la demanda: Recusación sin causa del juez José Luis Lopez Castiñeira
- Decisión del tribunal: Se declara inadmisible por extemporánea la recusación sin expresión de causa del juez José Luis Lopez Castiñeira formulada por la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La recusación sin causa de un juez de la cámara de apelaciones debe ser rechazada in limine si es articulada fuera de la oportunidad prevista por el artículo 14, cuarto párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que solo puede ser planteada "al día siguiente de la notificación de la primera providencia que se dicte".
- La recusación sin causa es de interpretación restrictiva, pues acogerla de modo amplio contrariaría sus propios fines y llevaría al resultado de sacar los pleitos de los jueces intervinientes sin motivo que lo justificase.
- En el caso, el presentante quedó notificado de la primera providencia el 29/12/2022 y recién presentó la recusación sin causa el 06/02/2023, es decir, de manera extemporánea.
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