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DIAZ JUAN ARIEL Y OTROS c/ EN-M§ DEFENSA-FAA-DTO 1104/05 871/07 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El tribunal confirma los honorarios regulados al abogado que actuó en un proceso judicial, analizando la labor profesional desarrollada más allá del monto económico del proceso.

Honorarios Incidente Regulacion Complejidad Trabajo profesional Camara contencioso administrativa


- Demandantes: DIAZ JUAN ARIEL Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN-M§ DEFENSA-FAA-DTO 1104/05 871/07

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II confirma los honorarios regulados al Dr. Jorge Enrique Argüello por su labor como letrado en el trámite incidental de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La regulación de honorarios debe compensar adecuadamente la tarea de los profesionales, ponderando la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad y la complejidad del asunto, más allá del valor económico del juicio.
- No es conveniente la aplicación automática de porcentajes, sino un análisis y evaluación de la labor encomendada a los abogados, peritos, etc.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base para regular honorarios, que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En este caso, se confirman los honorarios del Dr. Argüello por su actuación como letrado en causa propia, teniendo en cuenta la naturaleza, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor incidental desarrollada.

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