PARKINSON, AMILCAR SERGIO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilado impugna retención del Impuesto a las Ganancias sobre su haber previsional. La Cámara modifica la sentencia y ordena el reintegro de lo retenido en los últimos 5 años.
Impugnación de la retención del Impuesto a las Ganancias sobre su haber jubilatorio.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que se cese la retención del impuesto y se reintegren las sumas retenidas en los últimos 5 años, con intereses. La Cámara consideró que correspondía aplicar el plazo de prescripción de 5 años establecido en la Ley 11.683, en lugar de los 2 años fijados en primera instancia. Además, resolvió que los intereses se devenguen desde la interposición de la demanda y que a partir del 1/9/2022 se aplique la tasa prevista en la Resolución 559/2022 del Ministerio de Economía. La Cámara también modificó la imposición de costas, determinando que se fijen por el orden causado.
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