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14 DE JULIO SA c/ PNA (EX 14987/17 SUM 206/17 - DISP 1108/20) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La empresa armadora recurrió la sanción impuesta por la Prefectura Naval Argentina por incumplimientos en las condiciones de seguridad de su buque. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, al considerar que las infracciones estaban debidamente probadas.

Responsabilidad objetiva Multa Recurso directo Condiciones de seguridad Non bis in idem Prefectura naval argentina Buque


¿Quién es el actor?

14 DE JULIO SA (empresa armadora)

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina (PNA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra disposición de la PNA que impuso sanción de 30.000 unidades de multa por incumplimientos en las condiciones de seguridad del buque "DON NATALIO".

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso y se confirma la disposición apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara señaló que en materia de responsabilidad y control de la navegación, se reconoce la competencia técnica de la autoridad administrativa, cuyas conclusiones tienen carácter pericial y requieren razones suficientes para ser dejadas de lado.
- La empresa no controvirtió de manera concreta y razonada las conclusiones de la PNA, basadas en la inspección que constató 22 deficiencias de seguridad en el buque.
- El hecho de que el buque haya zarpado con despacho de la autoridad y que las deficiencias se hayan originado durante la navegación no exime a la empresa de responsabilidad, ya que las infracciones son de carácter formal y objetivo.
- No se configuró una violación al principio "non bis in idem", ya que la sanción se basó en un análisis integral de la conducta de la empresa.

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