HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO SA c/ LOTERIA NACIONAL SOC DEL ESTADO Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Hipódromo Argentino de Palermo SA demandó a Lotería Nacional SE por la nulidad de una resolución. La Cámara Contencioso Administrativa modificó los honorarios de los abogados de la demandada.
¿Quién es el actor?
Hipódromo Argentino de Palermo SA
¿A quién se demanda?
Lotería Nacional SE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la Resolución N° 69/16 de Lotería Nacional SE que delegó su competencia en la Agencia Gubernamental de Control
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa modificó los honorarios de los abogados de la demandada Lotería Nacional SE.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución de cada profesional.
- No resulta conveniente la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, sino que se debe realizar un análisis y evaluación de la tarea encomendada a los profesionales.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- En cuanto a la ley aplicable, en el caso de trabajos profesionales, el derecho se constituye en la oportunidad en que se los realiza, por lo que el nuevo régimen legal (Ley 27.423) no es aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, respecto de la labor desarrollada durante la vigencia de la Ley 21.839 y su modificatoria Ley 24.432.
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