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FIAD, MARIA CRISTINA c/ EN- M JUSTICIA Y DDHH (EXPTE. 108212663/21) s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

La actora recurrió la denegación del beneficio previsto en la ley 25.914 por haber estado presente en el allanamiento de su domicilio durante el secuestro de su madre. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión del Ministerio al considerar que el supuesto fáctico alegado no se encuentra contemplado en la ley.

Valoracion de prueba Allanamiento Beneficio Secuestro Ley 25 914 Detenidos desaparecidos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Sra. María Cristina Fiad interpuso recurso contra la resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que le denegó el beneficio de la ley 25.914 por considerar que no se encontraba incluida en los supuestos previstos por dicha ley.
- La ley 25.914 contempla dos supuestos para acceder al beneficio: a) haber nacido durante la privación de libertad de la madre; o b) haber permanecido siendo menor de edad en establecimientos carcelarios por la detención de los padres.
- Del análisis de las pruebas aportadas, el tribunal concluyó que si bien la madre de la actora fue secuestrada, no se acreditó que la actora y sus hermanos se encontraran presentes en el allanamiento o hayan permanecido detenidos. Por lo tanto, su situación no encuadra en los supuestos de la ley 25.914.
- Se desestimó el recurso con fundamento en que el supuesto fáctico alegado por la actora no se encuentra contemplado en la ley para la concesión del beneficio, por lo que resulta innecesario entrar a analizar los agravios referidos a la supuesta omisión de valoración de la prueba.

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