CONSORCIO DE PROPIETARIOS CARRANZA 2038 c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA
El Consorcio de Propietarios demandó a EDENOR SA por indemnización por la constitución de una servidumbre administrativa de electroducto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia y dispuso que los intereses se devenguen a partir de la constitución en mora de la demandada.
¿Quién es el actor?
Consorcio de Propietarios Carranza 2038
¿A quién se demanda?
EDENOR SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por constitución de servidumbre administrativa de electroducto
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente la apelación del actor y modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la fecha de inicio del cómputo de los intereses. Dispuso que los intereses se devenguen a partir de la audiencia de mediación prejudicial obligatoria del 11/03/2019, y no desde la Resolución ENRE N° 125/22 como había fijado el juez de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El actor no había precisado en la demanda una fecha determinada para el cómputo de los intereses, pero dadas las particulares circunstancias del caso corresponde tomarla desde la constitución en mora mediante la mediación prejudicial, anterior a la Resolución ENRE.
- La Cámara cita jurisprudencia análoga en la que se ha resuelto que el inicio del cómputo de intereses debe ser la fecha de constitución en mora del deudor.
- Impuso las costas de la Alzada a la demandada vencida.
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