EN-M PRODUCCION c/ TELECENTRO SA s/PROCESO DE EJECUCION
El Estado Nacional apeló sentencia que declaró la caducidad de instancia. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo del recurso de apelación.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional
¿A quién se demanda?
TELECENTRO SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de ejecución
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la sentencia que declaró la caducidad de la instancia.
Fundamentos principales:
- El art. 310 inc. 2 del CPCCN establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare el curso del proceso dentro de los 3 meses, salvo los períodos de feria judicial.
- En el caso, desde que el tribunal ordenó a la actora digitalizar la presentación (10/12/19) hasta el 2/10/20 (descontadas las ferias) transcurrieron en exceso los 3 meses previstos, sin que la actora impulsara el proceso, justificando la caducidad.
- Si bien la caducidad se interpreta restrictivamente, ello no autoriza a las partes a desentenderse del trámite de la causa.
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