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CORREA, LUIS ALEJANDRO c/ EN - M SEGURIDAD- PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó la inclusión de ciertos suplementos en su haber mensual. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a parte de los reclamos, con limitación temporal.

Suplementos remunerativos Funcion tecnica de apoyo Funcion policial operativa Funcion de investigaciones Limitacion temporal Precedentes csjn

Inclusión de suplementos "Función Policial Operativa", "Función Técnica de Apoyo" y "Función de Investigaciones" en el haber mensual con carácter remunerativo y bonificable.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación de la demandada y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a los reclamos del actor sobre los suplementos mencionados. Sin embargo, aclaró que dicho reconocimiento estará sujeto a la limitación temporal establecida por el art. 14 del Decreto N° 142/22, que derogó dichos suplementos a partir del 1° de abril de 2022.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara se remitió a los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en causas análogas, donde se resolvió que los suplementos en cuestión deben ser incluidos en el haber mensual con carácter remunerativo y bonificable.

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