REIRIZ, JOAQUIN MANUEL Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Estado Nacional apeló intimación de primera instancia para que deposite sumas adeudadas. La Cámara declara mal concedido el recurso por montos inferiores al mínimo legal.
Cobro de sumas adeudadas en concepto de personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional contra la intimación de primera instancia para que deposite las sumas adeudadas, en razón de que los montos cuestionados individualmente no superan el mínimo legal para ser apelables.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, según el código de rito, resultan inapelables las resoluciones cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado no supere la suma establecida en el artículo 242, segundo párrafo, del CPCCN." "En consecuencia, toda vez que la suma involucrada en la apelación se relaciona con liquidaciones cuyos montos, considerados individualmente (IBARRA JUAN CARLOS $231,043.16, REIRIZ JOAQUIN MANUEL $316,899.25, SEMEC LUCAS JESUS $ 220,062.06) no alcanzan al mínimo previsto en el artículo 242 del CPCCN vigente a la fecha de interposición del recurso planteado, corresponde declararlo mal concedido, con costas por su orden en atención al modo en que se decide (art. 68, segundo párrafo, CPCCN)."
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