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SANTORO CECILIA ANDREA c/ EN-JGM- s/EMPLEO PUBLICO

La actora promovió demanda por despido contra el Estado Nacional-Jefatura de Gabinete de Ministros. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que la relación contractual tenía claros visos de temporalidad y provisoriedad.

Empleo publico Desviacion de poder Doctrina ramos Contrato a termino Temporariedad

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora demandó al Estado Nacional-Jefatura de Gabinete de Ministros (EN-JGM) reclamando una indemnización por "despido".
- Sostuvo que ingresó a trabajar en la Jefatura de Ministros, Secretaría de Deportes, en 2004 como monotributista, y luego fue contratada como empleada de planta transitoria en 2005, siendo trasladada en 2008 a la Secretaría de Medios de Comunicación, donde permaneció hasta que le notificaron la finalización de su contrato en 2010.
- La sentencia de primera instancia rechazó la demanda, considerando que no correspondía la aplicación de la doctrina "Ramos" de la CSJN, ya que no se acreditó que la EN-JGM hubiera utilizado figuras jurídicas para encubrir una designación permanente, ni que las tareas de la actora fueran las mismas que las del personal de planta permanente.
- La Cámara confirmó la sentencia, señalando que de los contratos firmados entre 2007 y 2009 surge que la relación tenía claros visos de temporalidad y provisoriedad, sin generar expectativa de permanencia. Además, la actora no logró acreditar que las tareas fueran las mismas que las del personal de planta permanente.

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