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SILVA, MATIAS LEONARDO (TF 48510-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

El actor apeló la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación, pero al no expresar los agravios en tiempo y forma, el recurso fue declarado desierto.

Recurso de apelacion Expresion de agravios Declaracion de desierto Tribunal fiscal Ley 11 683

Recurso de apelación contra resolución del Tribunal Fiscal de la Nación

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declara desierto el recurso de apelación interpuesto por el actor por falta de expresión de agravios en el plazo previsto en el art. 195 de la Ley 11.683.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 195 de la Ley 11.683 establece que el apelante debe expresar agravios por escrito ante el Tribunal Fiscal dentro de los 15 días, vencido ese plazo y sin que el actor lo haya cumplido, corresponde declarar desierto el recurso conforme el art. 266 del CPCCN.

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